Conocimiento A Motociclistas

Policía Nacional pone en conocimiento de los motociclistas Ley 1548 que sanciona la conducción en estado de embriaguez. 

128 motociclistas muertos y 521 lesionados, son las cifras que dejan accidentes en el 2012, donde se ha mezclado el alcohol con la conducción. 

Además, han sido sorprendidos 16.354 conductores de moto en estado de embriaguez y 27 en cicla. 

La Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, preocupada por el alto índice de accidentalidad presentado en motociclistas y ciclistas en estado de embriaguez durante lo corrido del presente año, comenzará a realizar actividades de prevención y difusión de la nueva Ley 1548, la cual endurece las penas para quienes insistan en conducir bajo los efectos del alcohol.

Con la sanción de esta nueva Ley (1548 del 5 de julio de 2012), la cual hace más rigurosas las sanciones a quienes sean sorprendidos conduciendo bajo los efectos de alcohol, la Policía Nacional tiene mejores herramientas para evitar que más colombianos continúen arriesgando la vida propia y la de otras personas, destacándose lo siguiente:

•  Se decretará la suspensión de la licencia de conducción entre seis (6) y doce (12) meses, para aquellos conductores que sean detectados conduciendo entre 20 y 39 Mg de etanol/100 Ml de sangre total. (Anteriormente solo comenzaba a partir de 40 y solo después de 99 Mg de etanol/100 Ml se decretaba la suspensión).

•  El conductor que se niegue o no permita la realización de las pruebas físicas o clínicas incurrirá en multa de 45 SMDLV y suspensión de la licencia de conducción entre cinco (5) y diez (10) años.
•  A lo anterior también se incluyen los motociclistas y ciclistas (esto es novedad, ya que hasta el momento no se podían aplicar pruebas de embriaguez a ciclistas.)

•  Finalmente, a los conductores que incurran en estas infracciones, no se les realizará el descuento del 50 % en la multa, lo que implica que pagarán el 100% o sea 45 SMDLV correspondiente a ochocientos cincuenta mil cincuenta pesos ($ 850.050)   

Esta vez, la actividad va dirigida a motociclistas y ciclistas, ya que infortunadamente en lo corrido de 2012, se ha presentado la siguiente estadística con los conductores de este tipo de vehículos en estado de embriaguez:

CONDICION           MUERTOS    LESIONADOS
2012             2012
CICLISTA                  15                 43
MOTOCICLISTA        128               521
TOTAL                     143               564

Según estudios realizados por el Área de Seguridad Vial de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, la manera de aminorar la accidentalidad es la utilización básicamente de 2 estrategias para modificar los hábitos en los conductores; en primera instancia la denominada “Aplicación de la Norma” que consiste en aplicar comparendos a los infractores para corregir un inadecuado comportamiento y la otra estrategia consiste en la “Reflexión”, suscitada a través de una serie de actividades de índole pedagógico que en conjunto pueden llegar a sensibilizar a los ciudadanos sobre la inconveniencia de ciertos comportamientos.

Bajo la lógica de la “Reflexión”, la Policía Nacional continúa con su campaña “Por la Vida en la Vía” bajo el lema “No Vayas en Contravida”, la cual busca generar conciencia frente a los inadecuados hábitos de “conducir en estado de embriaguez, zigzagueando entre vehículos”, “exceder los límites de velocidad”, “adelantar por la derecha”, y no “abrochar el casco de manera adecuada” entre otros.

En lo corrido del año se han impuesto 412.175 órdenes de comparendo a motociclistas y 2.493 a ciclistas, de los cuales 16.354 conductores de moto y 27 de cicla se encontraban en estado de embriaguez, a quienes finalmente, les fueron inmovilizados sus vehículos.  

GRADOS DE EMBRIAGUEZ

Primer grado de embriaguez entre 40 y 99 mg. de etanol/100 ml. de sangre total, adicionalmente a la sanción multa, se decretará la suspensión de la Licencia de Conducción entre uno (1) y tres (3) años.

Segundo grado de embriaguez entre 100 y 149 mg. de etanol/100 ml. de sangre total, adicionalmente a la sanción multa, se decretará la suspensión de la Licencia de Conducción entre tres (3) y cinco (5) años, y la obligación de realizar curso de sensibilización, conocimientos y consecuencias de la alcoholemia y drogadicción en centros de rehabilitación debidamente autorizados, por un mínimo de cuarenta (40) horas.

Tercer grado de embriaguez, desde 150 mg. de etanol/100 ml. de sangre total en adelante, adicionalmente a la sanción multa, se decretará la suspensión entre cinco (5) y diez (10) años de la Licencia de Conducción, y la obligación de realizar curso de sensibilización, conocimientos y consecuencias de la alcoholemia y drogadicción en centros de rehabilitación debidamente autorizados, por un mínimo de ochenta (80) horas.

Para el Director de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional Brigadier General Francisco Patiño Fonseca, estas actividades pedagógicas han permitido la disminución de la accidentalidad en el país, y se ha logrado igualmente, salvar muchas vidas de colombianos que transitan permanentemente por las vías urbanas y rurales del territorio colombiano en estado de embriaguez, conduciendo este tipo de vehículos.


“POR LA VIDA EN LA VÍA, NO VAYAS EN CONTRAVIDA”

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